domingo, julio 16, 2006

Creative Commons


Debí aprovechar la visita del Profesor Lawrence Lessig para escribir en mi blog una entrada acerca de CC. Pero lastimosamente, los finales que se me venían encima y la falta de tiempo, básicamente, me impidieron hacer una entrada decente acerca de CC; pero como "más vale tarde que nunca" aquí viene un comentario, divagación o whatever!

Imaginemos este pequeño supuesto. Juan Pérez (sujeto muy conocido por los estudiantes de Derecho debido a la gran cantidad de problemas jurídicos que tiene y que los profesores comparten con nosotros para poder hallarles una solución) tiene un weblog. Un día hace una entrada acerca de lo mal que se siente porque su enamorada lo dejó, perdió su trabajo y encima su perro se comió el trabajo que debía presentar en la universidad. Por otro lado, Perico de los Palotes (quien también enfrenta numerosos problemas jurídicos, los cuales conocemos por la generosidad de nuestros profesores) desea escribir un libro, pero llega un momento en el que se bloquea totalmente... navegando por la web, encuentra el blog de Juan y queda conmovido por las palabras del joven y decide incluirlas en el libro. Poco después tenemos un libro (no necesariamente un boom en ventas) en donde el protagonista tiene una divagación que resulta ser... LA ENTRADA QUE JUAN HIZO EN SU BLOG... sólo que todos creen que se trata de una creación de Perico...
Y ahora... ¿Quién podrá defenderlo?... CC!!!! y no es el Chapulín Colorado... ES CREATIVE COMMONS!!! una innovadora licencia de derechos de autor que permite que los demás usen la información que tú creas e incluso permite modificarla, pero bajo la condición de que citen la fuente (es decir que nombren al autor, en este caso, a ti). No tienes dinero por tu creación, pero al menos la gente reconocerá tu trabajo... no es genial???
Pero y qué pasa con la gente a la que le llega al comino tu licencia Creative Commons y usa tu info sin permiso??? aquí se nos complican un poquito las cosas... pero básicamente, creo que pueden aplicarse las teorías que se usan en un contrato de adhesión; me explico: el trabajo con licencia creative commons actuaria como un contrato de adhesion: yo te doy la info, y como 'contraprestacion' tú pones mi nombre. Al momento de usar la info y no poner el nombre estarías incumpliendo un contrato, por lo que el problema quedaría más o menos solucionado.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Bien, como anarquista, rolero y friki en general, debo decir q me encanta q el concepto haya sido tan bien elaborado. Ya tenia antecedentes un poco en el Copyleft o
Anti-Copyright y el movimiento por la información libre; en las Open Software License y, aunq no lo creas, en las licencias de Open Gaming Content de Dungeons and Dragons. Pero q venga un catedrático de Harvard y redacte las licencias, vamos, como q le da mas peso.

Alina Kristall dijo...

Lessig es de Standford. El que es de Harvard es el profesor Fischer :D